Tipos de sindicatos
Teniendo en cuenta el código sustantivo del trabajo en su ART. 356.
Referente a “Sindicatos De Trabajadores, Clasificación”. Los sindicatos de
trabajadores en Colombia se clasifican así:
- Sindicato de indristria o rama de actividad económica
- Sindicato de empresa
- Sindicato Gremial
- Sindicato para oficios varios
Para contextualizar, cada uno de los tipos de
sindicato, se pueden tener las siguientes consideraciones, así:
El sindicato
de la empresa se refiere a la formación de individuos los cuales corresponden
a varias profesiones, especialidades u oficio, quienes prestan diversos
servicios en una misma entidad u empresa, institución o establecimiento.
El sindicato
de la industria o por la rama de actividad económica, refiere a la
formación de personas o individuos los cuales vienen prestando sus diferentes
servicios en una o varios empresas de la misma rama económica o la misma
industria comercial.
El sindicato
gremial, representa la a la formación de individuos que componen una misma
especialidad, profesión, oficio o empresa.
El sindicato
de oficios varios, representa la formación de empleados o trabajadores de
varias o diversas profesiones, que tienen una condición ya sea disimiles o
inconexas, la última en referencia solo pueden formarse en aquellos lugares
donde no existan trabajadores con una misma actividad laboral, oficio o
profesión en un número mínimo el cual sería requerido para formar un sindicato
gremial y por el contrario solo exista mientras logre subsistir en
circunstancia.
Es importante referenciar que los sindicatos en
Colombia se encuentran distribuidos según su estructura en primer, segundo y
tercer grado.
El sindicato en primer grado: esta actividad
hace alusión a los sindicatos de las diferentes empresas gremiales, de la
industria u otra actividad económica al igual que de oficios varios.
El sindicato en segundo grado: estarían
formados por otros sindicatos, los cuales son conocidos o denominados como
federaciones, estas pueden ser locales o regionales y debe constituirse con un
número no inferior a 10 sindicatos afiliados y para la federación nacional, de
industria o profesión, debe de cumplir con no menos de 20 sindicatos afiliados.
El sindicato en tercer grado: en este nivel
se encuentran todas las agremiaciones de las federaciones, lo que quiere decir
las confederaciones.
Así mismo a través del ART. 373. Del código sustantivo
del trabajo, el cual hace referencia a las “funciones en general de un sindicato”,
estas son las principales:
1).
Estudiar las características de la respectiva profesión y los salarios,
prestaciones, honorarios, sistemas de protección o de prevención de accidentes
y demás condiciones de trabajo referentes a sus asociados para procurar su
mejoramiento y su defensa.
2).
Propulsar el acercamiento de {empleadores} y trabajadores sobre las bases de
justicia, de mutuo respeto y de subordinación a la ley, y colaborar en el
perfeccionamiento de los métodos peculiares de la respectiva actividad y en el
incremento de la economía general.
3).
Celebrar convenciones colectivas y contratos sindicales; garantizar su
cumplimiento por parte de sus afiliados y ejercer los derechos y acciones que
de ellos nazcan.
4).
Asesorar a sus asociados en la defensa de los derechos emanados de un contrato
de trabajo o de la actividad profesional correspondiente, y representarlos ante
las autoridades administrativas, ante los {empleadores} y ante terceros.
5).
Representar en juicio o ante cualesquiera autoridades u organismos los
intereses económicos comunes o generales de los agremiados o de la profesión
respectiva, y representar esos mismos intereses ante los {empleadores} y
terceros en caso de conflictos colectivos que no hayan podido resolverse por
arreglo directo, procurando la conciliación.
6).
Promover la educación técnica y general de sus miembros;
7).
Prestar socorro a sus afiliados en caso de desocupación, enfermedad, invalidez
o calamidad;
8).
Promover la creación y fomentar el desarrollo de cooperativas, cajas de
ahorros, préstamos y auxilios mutuos, escuelas, bibliotecas, institutos
técnicos o de habilitación profesional, oficinas de colocación, hospitales,
campos de experimentación o de deportes y demás organismos adecuados a los
fines profesionales, culturales, de solidaridad y previsión contemplados en los
estatutos;
9).
Servir de intermediarios para la adquisición y distribución entre sus afiliados
de artículos de consumo, materias primas y elementos de trabajo a precio de
costo; y
10).
Adquirir a cualquier título y poseer los bienes inmuebles y muebles que
requieran para el ejercicio de sus actividades.
referencias
- Código Sustantivo del Trabajo http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Codigo/30019323
- Derecho Laboral Colectivo y Talento Humano, Cartilla 2, p. 4, Politécnico Gran Colombiano.
- https://actualicese.com/actualidad/2015/02/02/sindicatos-aspectos-generales/

Me parece muy interesante conocer todo lo relacionado con el tema de los sindicatos, su marco normativo y para que fueron creadas... Buen tema
ResponderEliminares un tema interesante aunque es desconocido por gran parte de las personas que poseen un empleo......seria importante que se documentaran sobre este tipo de temas
ResponderEliminarInteresante tema y buena redacción del tema... Algo que todos debemos profundizar un poco más... Excelente
ResponderEliminarMe parece demasiado interesante el tema
ResponderEliminarBuenos días
ResponderEliminarEn referencia al tema, es muy interesante conocer lo relacionado a los sindicatos, sus normas que los amparan y más un que tenemos un derecho sobre ello
Buenas noches ...
ResponderEliminarMuy buen tema pero creo que se hace necesario escribir el significado de la palabra sindicato...para mas amplitud y comprension del tema..pero en cuanto a lo demas ahy muy buena argumentacion ...
Es un hecho que existe una campaña permanente contra las organizaciones sindicales. Que si son decimonónicas, que si los liberados, que si no sabe qué. No se sabe qué porque las acusaciones son etéreas si no pienso en las barbaridades que sobre ellos predica la extrema derecha mediática. A propósito del éxito de la última huelga general creo que deben de quedar claras algunas cuestiones. 1) lo que es decimonónico es el liberalismo salvaje que trata de individualizar las relaciones laborales aumentando la desprotección de los trabajadores y aumentando en consecuencia la explotación de la mano de obra. 2) Lo que es decimonónico es reducir el papel del Estado a la defensa de la libertad de hacer negocios exclusivamente, haciendo desaparecer su faceta de Estado Social y regulador. 3) Los sindicatos tienen más afiliados que pagamos nuestras cuotas, que entre todos los partidos juntos. 4) Los sindicatos se presentan a unas elecciones cada cuatro años y por tanto tienen toda la legitimidad. 5) Son las organizaciones con más poder de convocatoria como acaban de demostrar haciendo que mucha gente apoye sus propuestas ¡perdiendo un día de salario! o saliendo a la calle. Y el que lo dude que trate de hacer lo mismo --convocar movilizaciones-- y luego echamos cuentas. 6) Son la última trinchera contra la barbarie que significa una sociedad dual en la que unos pocos tienen todo y otros muchos nada o casi nada. 7) Todo es perfectible, pero si no fuera por los sindicatos estaríamos muchísimo peor.
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